lunes, 27 de mayo de 2013

DECISIONES JUNTA CONSTITUTIVA DE ACREEDORES


Hoy  27 de Mayo de 2013, siendo las 09:00 horas, se realizó la Primera Junta General de Acreedores de la quiebra de "COMSA de Chile S.A.", con la asistencia del Síndico Titular Provisional don Patricio Jamarne Banduc y los acreedores de esta quiebra.
Asiste por el fallido sus apoderados don Luis Eduardo Toro Bossay, y Rodriga Iturra
Escala.
El monto de las acreencias presentes con derecho a voto fue de $ 30.000.669.317.-, que representan el 81,92 % del pasivo verificado de la quiebra con derecho a voto, en consecuencia, reuniéndose el quórum exigido por el artículo 106 del Libro IV del Código de Comercio, se tuvo por instalada la presente junta de acreedores, la que pasó a presidir la Sra. Juez Titular doña María Eugenia Campo A1cayaga y actuó como Secretario Subrogante don Iván Covarrubias Pinochet.
El Tribunal ordena se pasen a tratar las materias contenidas en el arto 108 del Libro IV del Código de Comercio.
 
1.      CUENTA DEL SÍNDICO: El Síndico titular provisional don Patricio Jamarne Banduc rindió cuenta a la junta sobre el estado preciso de los negocios de la fallida, de su activo y pasivo y de la labor realizada por el hasta la fecha, mediante informe escrito que es entregado a cada uno de los asistentes. La Junta aprobó el informe por unanimidad.
2.RATIFICACIÓN DE LOS SÍNDICOS: La junta de acreedores por la unanimidad acuerda ratificar al síndico titular provisional y suplente provisional pasando a tener ambos el carácter de definitivos.
3- REUNIONES ORDINARIAS: La Junta de acreedores acuerdó por unanimidad el celebrar las reuniones ordinarias de esta quiebra los segundos viernes de cada mes de cada mes a las 12:00 horas en las oficinas del Colegio de Abogados de Chile A.G., ubicadas en calle Paseo Ahumada N° 341, 2° piso, Santiago. En caso que la fecha indicada re cayera en día inhábil, o el día jueves inmediatamente anterior, la junta se celebrara en el día hábil siguiente. En todo caso la Junta de acreedores por la
unanimidad acordó que la primera Junta ordinaria de acreedores se celebrará el día 07 de junio de 2013, en el horario y lugar indicado.
4.- PRESIDENTE Y SECRETARIO: La Junta de acreedores por la unanimidad acordó designar como presidente titular de las futuras reuniones al representante de Banco Santander y en el cargo de secretario titular al representante de "Chacón Ingeniería y Construcción y Cía Ltda.", y los suplentes Banco BBVA, como presidente suplente, y como secretario suplente a la representante de Patricio Sepúlveda y otros.  (Roxana Barrera Acuña).
5.- GARANTÍA DE FIEL DESEMPEÑO: La Junta de Acreedores estimó  innecesario solicitar garantía alguna al Síndico Titular Definitivo de la Quiebra, para asegurar su fiel desempeño.
6.- OTROS ACUERDOS.
6.1.- CONTINUIDAD DE GIRO: El Síndico informó que considerando que la fallida es la principal accionista de la sociedad concesionaria RUTA G-60 S.A., sociedad que mantiene un litigio con el Ministerio de Obras Públicas cuyo resultado puede implicar un importante beneficio para la fallida. Por otra parte, la ruta concesionada en cuestión, se encuentra con tramos cuyo transito debe ser regulado por banderilleros, la falta de dicha   asistencia   que   por   lo   demás  fue   comprometida   con   el   Ministerio   de   Obras Públicas, pondría en grave riesgo la seguridad de los usuarios de la vía, debiendo tener en consideración que algunas de las localidades no tienen vías alternativas.
Los servicios que actualmente se están prestando por parte de la fallida son únicamente de: coordinación del plan de desvíos, seguridad, vigilancia, mantenimiento, conservación y niveles de servicio, todos comprometidos con el Ministerio de Obras Públicas hasta el día 01 de junio próximo, pero que parcialmente en lo que corresponde es importante mantener, para evitar alegaciones de abandono de obras que pudieran afectar las reclamaciones planteadas ante la Comisión Arbitral.
Conforme lo anterior, se estimo que la paralización de las actividades de la fallida, podría haber afectado seriamente los intereses de los acreedores y el mismo fallido, de modo que conforme a lo dispuesto por los artículos 99 y siguientes del Libro IV del Código de Comercio, se solicitó la autorización para efectuar la continuación provisional parcial del giro de la fallida, que se extiende hasta la presente junta de acreedores, continuidad que se encuentra constituida sólo por los activos adscritos a las faenas instaladas por la fallida en la Ruta G-60, teniendo por objeto continuar plenamente hasta el 01 de junio proximo, inclusive, la coordinación del plan de desvíos de la ruta, la seguridad, vigilancia, mantenimiento, conservación y niveles de servicio, y parcialmente aquellos que correspondan hasta que sean resueltos los litigios por parte de la Comisión Arbitral, o se acuerde anticipadamente con el Ministerio de Obras Públicas la entrega total de la ruta.
La administración de esta continuidad provisoria del giro, ha sido realizada por el síndico titular provisional, con todas y cada una de las facultades ordinarias de administración que contempla el arto 2132 del Código Civil.
El Síndico realiza una exposición acerca de los aspectos más relevantes de la continuación del giro y acompaña un estado de situación, la que se entiende formar parte del presente acta. Señala expresamente que la continuidad de giro es deficitaria, en cuanto no implica ingresos por los servicios prestados, sino que constituyen un servicio que se debe prestar para no afectar las pretensiones demandadas en los litigios actualmente pendientes ante la Comisión Arbitral de la Ley de Concesiones de Obra Pública.
A continuación, el Síndico señaló que de acuerdo a lo establecido por el artículo 112 del Libro IV del Código de Comercio, corresponde que sea la Junta de Acreedores la que se pronuncie acerca de la continuación efectiva del giro del fallido.
Acuerdo:
La Junta de Acreedores por una votación de un 81,92% del pasivo de la quiebra con derecho a voto, expresó que considerando lo expuesto por el Síndico, especialmente tomando en cuenta que la operación de la continuidad de giro permite evitar que las pretensiones que la filial de la fallida, Ruta G-60 S.A., ha deducido ante la Comisión Arbitral de la Ley de Concesiones de Obra Pública se vean afectadas, y además porque los servicios que se están prestando en la ruta son de primera necesidad, dado que pueden poner en riesgo la seguridad de los usuarios de la vía, se acordó aprobar la continuidad efectiva del giro de la fallida, por el plazo de un año contado desde la presente fecha, es decir, hasta el día 27 de mayo de 2014 inclusive, salvo que se resuelvan los litigios pendientes, o se acuerde con el Ministerio de Obras Públicas la entrega total de la ruta o la junta de acreedores acuerde terminarla anticipadamente.
La continuidad efectiva del giro que por el presente acuerdo se acuerda, comprenderá las actividades de continuar la coordinación del plan de desvíos de la ruta, la seguridad, vigilancia, mantenimiento, conservación y niveles de servicio, hasta que sean resueltos los litigios por parte de la Comisión Arbitral, o se acuerde anticipadamente con el Ministerio de Obras Públicas la entrega total de la ruta concesionada. La continuidad comprendera todos aquellos bienes incautados en la ciudad de Melipilla, determinados en el acta complementaria de incautación, los cuales se dan por integramente por reproducidos en esta acta, sin perjuicio que si se estiman que alguno o algunos son prescindibles, estos podrán enajenados conforme a los acuerdos que adopte la Junta de Acreedores.
La Junta de Acreedores por el mismo quórum indicado, designó como administrador de la continuidad de giro, a don Patricio Jamame Banduc, quien desempeñara ese cargo con todas y cada una de las facultades ordinarias de administración que contempla el arto 2132 del Código Civil, y todas aquellas que sean necesarias para un adecuado desempeño del cometido que se le encarga.
El apoderado del fallido ejerciendo su derecho a voz señaló su aceptación y conformidad con el acuerdo precedentemente adoptado por la Junta de acreedores.
6.2.- La Junta de Acreedores ratificó lo obrado por el Síndico respecto de los gastos de la quiebra, que se señalan en el informe rendido por el Síndico en la presente junta.
 
6.3.- La Junta de Acreedores ratificó en todas sus partes, lo obrado por el Síndico respecto de la Liquidación y Finiquito de Contrato, con la Empresa Eléctrica La Leonera S.A., respecto de la construcción de la central hidroeléctrica Pulelfu, celebrada con fecha 26 de abril de 2013 ante el Notario de asomo don Harruy Maximiliano Winter Aguilera, documento que para todos los efectos pasa a formar parte integrante de la presente acta.
La fallida representada por sus apoderados don Luis Eduardo Toro Bossay y don Rodriga Iturra Escala, expresa su conformidad y aceptación con el acuerdo anterior.
6.4.- La Junta de Acreedores ratificó y aprobó en todas sus parte el término anticipado de contrato de arrendamiento celebrado por el síndico, con las empresa BTI Inmobiliaria Limitada y BTI Inmobiliaria Dos Limitada, por instrumento privado de fecha 17 de mayo pasado, cuyo texto ha sido acompañado en el informe entregado a los acreedores asistentes, y el cual forma parte integrante de la presente acta para todos los efectos que hubiera lugar.
La fallida representada por su apoderados, expresó su conformidad y aceptación con el acuerdo anterior.
6.5.- La Junta de Acreedores tomó conocimiento de las ventas directas efectuadas por el Síndico de Quiebras, reseñadas en el informe; y las ratificó y aprobó.
 
La fallida representada por su apoderados, expresó su conformidad y aceptación con el acuerdo anterior.
6.8.- La Junta de Acreedores tomó conocimiento de la oferta de compra directa efectuada por la empresa HMV Ingenieros respecto de algunos muebles de propiedad de la fallida que se encuentran en las oficinas de Av. Isidora Goyenechea N° 3000, oficina 201, Las Condes, y a su respecto acordó: facultar al Síndico para la venta de la forma que resulte más conveniente para los intereses de la masa, incluyendo la posibilidad de venta directa.
La fallida representada por sus apoderados, expresó su conformidad y aceptación con el acuerdo anterior.
6.9.- La Junta de Acreedores tomó conocimiento de la delegación parcial de facultades efectuadas por el Síndico Sr. Patricio Jamame Banduc, al Sr. Eduardo A. Godoy Hales, integrante de la nómina nacional de Síndicos, y la aprueba.
La fallida representada por sus apoderados, expresó su conformidad y aceptación con el
acuerdo anterior.