Hoy 27 de
Mayo de 2013, siendo las 09:00 horas, se realizó la Primera Junta General de
Acreedores de la quiebra de
"COMSA de Chile S.A.", con la asistencia del Síndico Titular
Provisional don Patricio
Jamarne Banduc y los acreedores de esta quiebra.
Asiste por el fallido sus apoderados don Luis
Eduardo Toro Bossay, y Rodriga Iturra
Escala.
Escala.
El monto de las acreencias presentes con derecho a
voto fue de $ 30.000.669.317.-, que
representan el 81,92 % del pasivo verificado de la quiebra con derecho a voto,
en
consecuencia, reuniéndose el quórum exigido por el artículo 106 del Libro IV
del
Código de Comercio, se tuvo por instalada la presente junta de acreedores, la
que pasó a presidir la Sra. Juez Titular doña María Eugenia Campo A1cayaga y
actuó como
Secretario Subrogante don Iván Covarrubias Pinochet.
El Tribunal ordena se pasen a tratar las materias
contenidas en el arto 108 del Libro IV
del Código de Comercio.
1.
CUENTA DEL SÍNDICO: El Síndico titular provisional don Patricio Jamarne
Banduc rindió cuenta a la junta sobre el estado preciso de los negocios de la
fallida, de su activo y pasivo y de la labor realizada por el hasta la fecha,
mediante informe escrito que es entregado a cada uno de los asistentes. La
Junta aprobó el informe por unanimidad.
2.RATIFICACIÓN DE LOS SÍNDICOS: La junta de acreedores por la unanimidad
acuerda ratificar al síndico titular provisional y suplente provisional pasando
a tener
ambos el carácter de definitivos.
3- REUNIONES
ORDINARIAS: La Junta de acreedores acuerdó por unanimidad el
celebrar las reuniones ordinarias de esta quiebra los segundos viernes de cada mes
de
cada mes a las 12:00 horas en las oficinas del Colegio de Abogados de Chile
A.G.,
ubicadas en calle Paseo Ahumada N° 341, 2° piso, Santiago. En caso que la fecha
indicada re cayera en día inhábil, o el día jueves inmediatamente anterior, la
junta se
celebrara en el día hábil siguiente. En todo caso la Junta de acreedores por la
unanimidad acordó que la primera Junta ordinaria de acreedores se celebrará el día 07 de junio de 2013, en el horario y lugar indicado.
unanimidad acordó que la primera Junta ordinaria de acreedores se celebrará el día 07 de junio de 2013, en el horario y lugar indicado.
4.- PRESIDENTE
Y SECRETARIO: La Junta de acreedores por la unanimidad
acordó designar como presidente titular de las futuras reuniones al
representante de
Banco Santander y en el cargo de secretario titular al representante de
"Chacón
Ingeniería y Construcción y Cía Ltda.", y los suplentes Banco BBVA, como
presidente
suplente, y como secretario suplente a la representante de Patricio Sepúlveda y
otros. (Roxana Barrera Acuña).
5.- GARANTÍA
DE FIEL DESEMPEÑO: La Junta de Acreedores estimó innecesario solicitar garantía alguna al
Síndico Titular
Definitivo de la Quiebra, para asegurar su fiel desempeño.
6.- OTROS
ACUERDOS.
6.1.- CONTINUIDAD
DE GIRO: El Síndico informó que considerando que la fallida
es la principal accionista de la sociedad concesionaria RUTA G-60 S.A.,
sociedad que
mantiene un litigio con el Ministerio de Obras Públicas cuyo resultado puede
implicar
un importante beneficio para la fallida. Por otra parte, la ruta concesionada
en cuestión,
se encuentra con tramos cuyo transito debe ser regulado por banderilleros, la
falta de
dicha asistencia que por
lo demás fue
comprometida con el Ministerio
de
Obras Públicas, pondría en grave riesgo la seguridad de
los usuarios de la vía, debiendo tener
en consideración que algunas de las localidades no tienen vías alternativas.
Los servicios que actualmente se están prestando por
parte de la fallida son únicamente
de: coordinación del plan de desvíos, seguridad, vigilancia, mantenimiento,
conservación y niveles de servicio, todos comprometidos con el Ministerio de
Obras
Públicas hasta el día 01 de junio próximo, pero que parcialmente en lo que
corresponde
es importante mantener, para evitar alegaciones de abandono de obras que
pudieran
afectar las reclamaciones planteadas ante la Comisión Arbitral.
Conforme lo anterior, se estimo que la paralización
de las actividades de la fallida,
podría haber afectado seriamente los intereses de los acreedores y el mismo
fallido, de
modo que conforme a lo dispuesto por los artículos 99 y siguientes del Libro IV
del
Código de Comercio, se solicitó la autorización para efectuar la continuación
provisional parcial del giro de la fallida, que se extiende hasta la presente
junta de
acreedores, continuidad que se encuentra constituida sólo por los activos
adscritos a las
faenas instaladas por la fallida en la Ruta G-60, teniendo por objeto continuar
plenamente hasta el 01 de junio proximo, inclusive, la coordinación del plan de
desvíos
de la ruta, la seguridad, vigilancia, mantenimiento, conservación y niveles de
servicio, y
parcialmente aquellos que correspondan hasta que sean resueltos los litigios
por parte de
la Comisión Arbitral, o se acuerde anticipadamente con el Ministerio de Obras
Públicas
la entrega total de la ruta.
La administración de esta continuidad provisoria del
giro, ha sido realizada por el
síndico titular provisional, con todas y cada una de las facultades ordinarias
de
administración que contempla el arto 2132 del Código Civil.
El Síndico realiza una exposición acerca de los
aspectos más relevantes de la
continuación del giro y acompaña un estado de situación, la que se entiende
formar
parte del presente acta. Señala expresamente que la continuidad de giro es
deficitaria,
en cuanto no implica ingresos por los servicios prestados, sino que constituyen
un
servicio que se debe prestar para no afectar las pretensiones demandadas en los
litigios
actualmente pendientes ante la Comisión Arbitral de la Ley de Concesiones de
Obra
Pública.
A continuación, el Síndico señaló que de acuerdo a
lo establecido por el artículo 112 del
Libro IV del Código de Comercio, corresponde que sea la Junta de Acreedores la
que se
pronuncie acerca de la continuación efectiva del giro del fallido.
Acuerdo:
La Junta de Acreedores por una votación de un 81,92%
del pasivo de la quiebra con
derecho a voto, expresó que considerando lo expuesto por el Síndico,
especialmente
tomando en cuenta que la operación de la continuidad de giro permite evitar que
las
pretensiones que la filial de la fallida, Ruta G-60 S.A., ha deducido ante la
Comisión
Arbitral de la Ley de Concesiones de Obra Pública se vean afectadas, y además
porque
los servicios que se están prestando en la ruta son de primera necesidad, dado
que
pueden poner en riesgo la seguridad de los usuarios de la vía, se acordó
aprobar la
continuidad efectiva del giro de la fallida, por el plazo de un año contado
desde la
presente fecha, es decir, hasta el día 27 de mayo de 2014 inclusive, salvo que
se resuelvan los litigios pendientes, o se acuerde con
el Ministerio de Obras Públicas la
entrega total de la ruta o la junta de acreedores acuerde terminarla
anticipadamente.
La continuidad efectiva del giro que por el presente
acuerdo se acuerda, comprenderá
las actividades de continuar la coordinación del plan de desvíos de la ruta, la
seguridad,
vigilancia, mantenimiento, conservación y niveles de servicio, hasta que sean
resueltos
los litigios por parte de la Comisión Arbitral, o se acuerde anticipadamente
con el
Ministerio de Obras Públicas la entrega total de la ruta concesionada. La
continuidad
comprendera todos aquellos bienes incautados en la ciudad de Melipilla,
determinados
en el acta complementaria de incautación, los cuales se dan por integramente
por
reproducidos en esta acta, sin perjuicio que si se estiman que alguno o algunos
son
prescindibles, estos podrán enajenados conforme a los acuerdos que adopte la
Junta de
Acreedores.
La Junta de Acreedores por el mismo quórum indicado,
designó como administrador de
la continuidad de giro, a don Patricio Jamame Banduc, quien desempeñara ese
cargo
con todas y cada una de las facultades ordinarias de administración que contempla
el
arto 2132 del Código Civil, y todas aquellas que sean necesarias para un
adecuado
desempeño del cometido que se le encarga.
El apoderado del fallido ejerciendo su derecho a voz
señaló su aceptación y
conformidad con el acuerdo precedentemente adoptado por la Junta de acreedores.
6.2.- La Junta de Acreedores ratificó lo obrado por
el Síndico respecto de los gastos de
la quiebra, que se señalan en el informe rendido por el Síndico en la presente
junta.
6.3.- La Junta de Acreedores ratificó en todas sus
partes, lo obrado por el Síndico
respecto de la Liquidación y Finiquito de Contrato, con la Empresa Eléctrica La
Leonera S.A., respecto de la construcción de la central hidroeléctrica Pulelfu,
celebrada
con fecha 26 de abril de 2013 ante el Notario de asomo don Harruy Maximiliano
Winter Aguilera, documento que para todos los efectos pasa a formar parte
integrante de
la presente acta.
La fallida representada por sus apoderados don Luis
Eduardo Toro Bossay y don
Rodriga Iturra Escala, expresa su conformidad y aceptación con el acuerdo
anterior.
6.4.- La Junta de Acreedores ratificó y aprobó en
todas sus parte el término anticipado
de contrato de arrendamiento celebrado por el síndico, con las empresa BTI
Inmobiliaria Limitada y BTI Inmobiliaria Dos Limitada, por instrumento privado
de
fecha 17 de mayo pasado, cuyo texto ha sido acompañado en el informe entregado
a los
acreedores asistentes, y el cual forma parte integrante de la presente acta
para todos los
efectos que hubiera lugar.
La fallida representada por su apoderados, expresó su
conformidad y aceptación con el
acuerdo anterior.
6.5.- La Junta de Acreedores tomó conocimiento de
las ventas directas efectuadas por el
Síndico de Quiebras, reseñadas en el informe; y las ratificó y aprobó.
La fallida representada por su apoderados, expresó
su conformidad y aceptación con el
acuerdo anterior.
6.8.- La Junta de Acreedores tomó conocimiento de la
oferta de compra directa
efectuada por la empresa HMV Ingenieros respecto de algunos muebles de
propiedad de
la fallida que se encuentran en las oficinas de Av. Isidora Goyenechea N° 3000,
oficina
201, Las Condes, y a su respecto acordó: facultar al Síndico para la venta de
la forma
que resulte más conveniente para los intereses de la masa, incluyendo la
posibilidad de
venta directa.
La fallida representada por sus apoderados, expresó
su conformidad y aceptación con el
acuerdo anterior.
6.9.- La Junta de Acreedores tomó conocimiento de la
delegación parcial de facultades
efectuadas por el Síndico Sr. Patricio Jamame Banduc, al Sr. Eduardo A. Godoy
Hales,
integrante de la nómina nacional de Síndicos, y la aprueba.
La fallida representada por sus apoderados, expresó
su conformidad y aceptación con el
acuerdo anterior.
acuerdo anterior.